Ley N° 5282/2014
Ley 5282/14 “De libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental"
Art. 8°: Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones:
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Facultades, deberes, funciones y/o atribuciones de sus órganos y dependencias internas
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Una descripción general de cómo funciona y cuál es el proceso de toma de decisiones.
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Descripción de la política institucional y de los planes de acción.
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Informes de los viajes oficiales realizados dentro del territorio de la República o al extranjero.
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Cartas oficiales.
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Sistema de mantenimiento, clasificación e índice de los documentos existentes.